sábado, 29 de mayo de 2010

BOLETIN DE JURISPPRUDENCIA FISCAL
JULIO –DICIEMBRE 2009
IMPUESTO A LA RENTA
INGRESOS GRAVADOS
RTF Nº 10306-3-2009
No constituye renta de fuente peruana los ingresos obtenidos por el servicio
prestado por los operadores de satélites no domiciliados.
RTF Nº 04868-3-2009
Constituye ingreso gravado con el impuesto a la Renta de Tercera Categoría
los pagos que por uso de ruta y por tardanza realizan las unidades de
transporte asociadas a la empresa de transporte.
GASTOS DEDUCIBLES
RTF Nº 07228-3-2009
Las pérdidas extraordinarias sufridas por un robo se deducen en el ejercicio en
el que se acredita que iniciar la acción penal es inútil y no en el ejercicio en el
que la pérdida de produjo.
RTF Nº 07444-1-2009
No es deducible el gasto sustentado en recibos por honorarios pues no se
acreditó que dichos servicios fueron prestados efectivamente en beneficio de la
empresa.
RTF Nº 11451-1-2009
Procede la deducción de gastos provisionados de ejercicios anteriores en el
ejercicio en el que se efectúe el pago de los mismos.
RTF Nº 10826-4-2009
Una construcción precaria no se deprecia con la tasa de las edificaciones 3%
aun cuando haya sido contabilizada como tal sino de acuerdo a las
características de la construcción.
RTF Nº 09771-3-2009
El cambio de motor de un camión debe activarse y no deducirse como gasto
debido a que produce un mayor rendimiento del vehículo más allá de su
rendimiento estándar originalmente proyectado.
RTF Nº 05437-1-2009
El reparo a las mermas no puede efectuarse únicamente desconociendo la
documentación sustentatoria del contribuyente sino que debe basarse en
pruebas documentales que sustenten el reparo.
- 1 -
DEVENGADO
RTF Nº 10645-2-2009
En el impuesto a la renta la obligación se devenga cuando se han producido
todas las condiciones o hechos sustanciales para tener derecho al cobro.
INCREMENTO PATRIMONIAL
RTF Nº 06151-1-2009
El incremento patrimonial no justificado se adiciona a la renta neta global, en
ningún caso se considera como renta neta de tercera categoría.
PAGOS A CUENTA
RTF Nº 12250-1-2009
No existe subvaluación con los menores precios, pues los mismos se justifican
con las condiciones particulares de la venta como volumen y forma de pago.
IGV
OPERACIÓN GRAVADA
RTF Nº 05413-2-2009
Para determinar el valor de los concentrados de minerales para efectos de
determinar el Impuesto a la Renta se utiliza el valor de mercado.
RTF Nº 09544-1-2009
Está gravado con el Impuesto General a las Ventas el servicio de transporte
terrestre de carga prestado íntegramente en el territorio nacional.
RTF Nº 09571-4-2009
Están gravados con el IGV los colegios profesionales (persona jurídica de
derecho público interno) cuando sean habituales en la prestación de servicios
de capacitación aún cuando éstos se realicen en convenio con una universidad.
RTF Nº 10958-4-2009
Está gravado con el IGV la venta de panca y coronta de maíz no forrajera al no
estar comprendidas en el literal A) del Apéndice 1 de la Ley del IGV.
OPERACIÓN NO REAL
RTF Nº 07545-5-2009
Se considera operaciones no reales cuando el recurrente no presenta
documentación que acredite la efectiva realización de las operaciones, y si del
cruce de información tampoco se acreditó la operación de compra.
- 2 -
CREDITO FISCAL
RTF Nº 11824-3-2009
La exigencia de hacer uso de los medios de pago a efectos de poder deducir el
crédito fiscal no deviene de una exigencia inconstitucional conforme a la
interpretación de diversas resoluciones del Tribunal Constitucional.
RTF Nº 05653-5-2009
El registro de operaciones de forma resumida configura el supuesto de
anotación defectuosa prevista por la Ley 29215 por lo que procede que se
valide el crédito fiscal previo cumplimiento de los requisitos establecidos para
ello en la referida ley.
PRORRATA
RTF Nº 07474-2-2009
Se recalifica la operación cuando la forma jurídica adoptada por las partes no
se justa a la realidad de los hechos económicos dejando de lado los contratos
de edición y distribución de libros por cuando lo que realmente hubo la
prestación de servicios de impresión.
DETRACCIONES
RTF Nº 12075-1-2009
El régimen de detracciones no viola el principio de igualdad habiendo sido
declarado constitucional por el Tribunal Constitucional.
FRACCIONAMIENTO
RTF Nº 05436-1-2009
La posterior reliquidación de los tributos a cargo de la Administración no implica
el incumplimiento oportuno del pago del tributo que conlleve la pérdida del
fraccionamiento, porque en ese entonces no se conocía el monto
posteriormente reliquidado.
RTF Nº 05827-4-2009
Se incurre en causal de pérdida cuando se omite el pago oportuno de dos
cuotas consecutivas aun cuando posteriormente se regularice le pago.
INFRACCIONES Y SANCIONES
RTF Nº 06376-3-2009
No procede el pago de intereses cuando la Administración incurre en dualidad
de criterio.
RTF Nº 06582-2-2009
Es nula el Acta Probatoria cuando incurre en inconsistencias en su texto, como
que no se otorgó comprobante de pago y que luego se emitió uno
complementario.
- 3 -
RTF Nº 0770-2-2009
No otorga fehaciencia el acta probatoria en la que se consigna que el fedatario
solicitó un bien y luego señala que no utilizó el servicio.
RTF Nº 06969-2-2009
Pierde mérito probatorio el acta probatoria cuando la intervención no se realiza
de forma continua toda vez que el fedatario retorna la local intervenido después
de 6 horas.
RTF Nº 07535-2-2009
Es obligatorio portar guía de remisión para el traslado de bienes aun cuando se
use trasporte privado.
RTF Nº 06430-1-2009
Se configura una sola infracción aun cuando se acredite que se lleven más de
un libro de contabilidad sin observar la forma y condiciones establecidas en las
normas correspondientes.
RTF Nº 6423-1-2009
Se incurre en la infracción del artículo 175 inciso 5 del Código Tributario
cuando se registran operaciones anteriores a su legalización.
Artículo 175 inciso 5 del Código Tributario
“Llevar con atraso mayor al permitido por las normas vigentes, los libros de
contabilidad u otros libros o registros exigidos por las leyes, reglamentos o por
Resolución de Superintendencia de la SUNAT, que se vinculen con la
tributación”.
RTF Nº 4487-2-2009
No se incurre en la infracción de no presentar la declaración jurada cuando el
contribuyente se encuentra en suspensión temporal de actividades.
RTF Nº 07025-3-2009
Se incurre en la infracción del artículo 176, inciso 7 del Código Tributario
cuando se presentan las declaraciones en un lugar distinto al designado por la
Administración.
Articulo 176, inciso 7 del Código Tributario
“Presentar las declaraciones, incluyendo las declaraciones rectificatorias, sin
tener en cuenta los lugares que establezca la Administración Tributaria”.
TEMAS PROCESALES
RTF Nº 12890-2-2009
Los actos que no son reclamables tampoco pueden ser objeto de apelación de
puro derecho.
- 4 -
RTF Nº 12255-1-2009
El Tribunal Fiscal no es competente para conocer de la ejecución de una
sentencia del Poder Judicial emitida en una Demanda Contencioso
Administrativa.
RTF Nº 07880-7-2009
No es nula la notificación cuando un campo no aplicable del formato de
notificación es borrado con corrector líquido (liquid paper).
RTF Nº 12238-4-2009
El domicilio fiscal de un contribuyente subsiste aun cuando se haya dado de
baja del RUC.
RTF Nº 04557-7-2009
Es nula la notificación cuando se señala el DNI del receptor con un número
que contiene 9 dígitos.
RTF Nº 11449-1-2009
Son nulos los valores que han sido notificados en la misma fecha de
notificación del cierre del requerimiento, toda vez que este último aun no habría
surtido efectos.
RTF Nº 11281-5-2009
El hecho que un día sea medio día laborable no afecta el cómputo del plazo
siempre que dicho día no coincida con el último día del plazo.
RTF Nº 06709-3-2009
La Administración Tributaria está obligada a cumplir lo resuelto por el Tribunal y
ejecutar lo ordenado y de requerir la emisión de una resolución de
cumplimiento, su facultad está circunscrita a los parámetros establecidos en la
RTF sin poder efectuar observaciones o emitir nuevo pronunciamiento
modificando lo resuelto.
RTF Nº 09395-5-2009
No procede la suspensión de la ejecución de los actos de la Administración,
dentro del plazo para interponer contra aquélla la demanda contencioso
administrativa, salvo medida cautelar ordenada por el juez.
MEDIDAS CAUTELARES
RTF Nº 06711-3-2009
Procede la queja cuando ha caducado la medida cautelar previa.
RTF Nº 07773-2-2009
No procede la tercería alegando ser propietario del dinero que se encuentra en
la cuenta de ahorros de la ejecutada toda vez que ésta tiene libre disponibilidad
de los referidos fondos.
- 5 -
RTF Nº 08088-2-2009
Un contrato es definitivo cuando ello fluye del análisis de su contenido aun
cuando su denominación indique “contrato de promesa de venta”.
TEMAS DE FISCALIZACION
RTF Nº 06673-7-2009
Quienes llevan contabilidad computarizada tienen la obligación de presentar
información contable en formato DBF o XLS.
RTF Nº 08458-5-2009
Procede la determinación sobre base cierta cuando existen elementos que
permiten conocer en forma directa y con certeza el hecho generador de la
obligación tributaria y su cuantía.
RTF Nº 10108-3-2009
Se incurre en nulidad cuando la determinación sobre base presunta por
diferencia de inventarios no se ciñe a lo establecido en el artículo 69º del
Código tributario.
RTF Nº 08795-2-2009
No procede la determinación sobre base presunta cuando no se acreditado
que el hecho base sea efectivamente cierto y comprobado.
RTF Nº 05512-2-2009
Es nula la determinación sobre base presunta cuando la presunción utilizada
no tiene amparo legal.
RTF Nº 07731-7-2009
Es nula resolución que determina deuda de Impuesto Predial sobre base
presunta, debido a que no existe presunción regulada al respecto.
RTF Nº 09794-1-2009
La declaración de pasivos falsos implica la existencia de patrimonio no
declarado, lo cual constituye causal para determinar la obligación tributaria
sobre base presunta.
RTF Nº 10319-3-2009
No procede establecer una presunción sobre otra presunción.
RTF Nº 05553-7-2009
En ejercicio de la facultad de reexamen no cabe emitir nuevos valores en
sustitución de los originalmente girados, sino reliquidar estos de acuerdo a los
resultados de la fiscalización efectuada.
- 6 -
RTF Nº 04989-2-2009
La reserva bancaria constituye una restricción al deber general de información
impuesta a los bancos únicamente respecto de las operaciones pasivas
realizadas con sus clientes.
MUNICIPAL
ALCABALA
RTF Nº 10032-7-2009
La Municipalidad Provincial es acreedora del Impuesto de Alcabala cuando
tenga un Fondo de Inversión Municipal.
RTF Nº 07863-7-2009
La resolución de un contrato no grava con el Impuesto de Alcabala el retorno
de la propiedad, pero ello no obsta el gravamen de la transferencia inicial.
RTF Nº 08468-7-2009
Está inafecta al Impuesto de Alcabala las transferencias entre condóminos
originarios.
RTF Nº 02653-7-2009
Los ductos para el transporte de gas natural y líquidos de gas natural y línea
de fibra óptica no se encuentran gravados con el Impuesto Predial pues no
califican como instalación fija o permanente.
RTF Nº 04884-7-2009
El superficiario que es propietario de la edificación y no del terreno está
obligado a presentar declaración jurada del Impuesto Predial.
RTF Nº 06369-7-2009
No resulta suficiente tener la condición de poseedores atribuida en una fecha
de fiscalización a efectos de establecer la responsabilidad de los recurrentes al
pago del Impuesto Predial.
RTF Nº 11445-7-2009
Cuando el bien es de propiedad del Estado entendido en forma genérica, debe
considerarse propietario al Gobierno Central y por tanto inafecto al Impuesto
Predial.
VEHICULAR
RTF Nº 06902-7-2009
El Impuesto al Patrimonio Vehicular se encuentra comprendido en el régimen
de estabilidad tributaria regulado en la Ley Orgánica de Hidrocarburos y su
Reglamento.
- 7 -
PRESCRIPCION
RTF Nº 09466-3-2009
La prescripción de las aportaciones al Régimen Contributivo de la Seguridad
Social en Salud anteriores al 31 de diciembre de 1998 se rige por el Código
Civil, por lo tanto su cómputo se inicia desde su exigibilidad y su plazo es de 10
años.
RTF Nº 06920-7-2009
La presentación de una solicitud de exoneración no constituye un supuesto que
origine la interrupción del plazo de prescripción de la acción para solicitar la
devolución.
VARIOS
RTF Nº 07828-5-2009
No tiene naturaleza tributaria el cobro de la comisión que hace el banco con
ocasión de la cobranza coactiva al efectuar el embargo y su posterior
levantamiento.
RTF Nº 06335-4-2009
No procede la exigencia del pago de un derecho de trámite a efecto de admitir
el recurso de reclamación.
RTF Nº 06442-1-2009
El principio de no confiscatoriedad es aplicable a los tributos, pero no a las
sanciones pecuniarias.
Fuente: Boletín Jurisprudencial del Tribunal Fiscal: Julio -Diciembre 2009.
Dirección: http://tribunal.mef.gob.pe
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